Conciliación

Es el proceso mediante el cual las partes, de mutuo acuerdo, deciden poner sus diferencias en manos de un tercero imparcial (conciliador), con facultad para sugerir y proponer alternativas, a fin de hacerlas llegar a una solución satisfactoria para ambas.

Mediación

Es el proceso mediante el cual las partes voluntariamente solicitan la intervención de un tercero neutral (mediador), quien actúa como facilitador a fin de promover conciliación, acuerdo o comprensión entre ellas.

Requisitos para presentar una Solicitud de Conciliación y Mediación de conformidad con el Reglamento de Conciliación y Mediación de la Corte

Las Solicitudes de Conciliación y de Mediación deben cumplir con el artículo 3 del Reglamento de Conciliación y Mediación. Estas se deben dirigir a la Secretaría e incluir:

  • Las generales, el número de teléfono y correo electrónico de la parte o de las partes con las cuales se desea mediar o conciliar.
  • Una breve descripción de los hechos que dieron origen a la controversia.
  • El monto involucrado en la controversia o un estimado (en caso de carecer de un valor monetario determinado, indicar dicha condición).

Listado Oficial de Conciliadores y Mediadores